Cataluña
Los ‘derechos históricos del pueblo catalán’ emanan de la Constitución Española

Wifredo el Velloso.
El Tribunal Constitucional ha sentenciado que los ‘derechos históricos del pueblo catalán’ invocados en el artículo 5 del Estatuto, no son ‘jurídicamente fundamento del autogobierno de Cataluña’, sino que ‘derivan su relevancia constitucional del hecho de su asunción por la Constitución’.
Así, el Alto Tribunal considera inconstitucional ‘pretender para el Estatuto de Autonomía un fundamento ajeno a la Constitución‘ y establece que ‘tanto los derechos históricos como las instituciones seculares y la tradición jurídica de Cataluña invocados por el precepto son únicamente aquellos “de los que deriva el reconocimiento de una posición singular de la Generalitat en relación con el derecho civil, la lengua, la cultura, la proyección de éstas en el ámbito educativo, y el sistema institucional en que se organiza la Generalitat”.
Además, los desvincula con ‘los derechos históricos de los territorios forales‘ recogidos en la Constitución y los limita a los ‘derechos y tradiciones de Derecho privado o, en el ámbito del Derecho público, al derecho que la disposición transitoria segunda de la Constitución ha querido atribuir a los territorios que en el pasado hubieran plebiscitado Estatutos de autonomía en orden a facilitarles su constitución como Comunidades Autónomas a través de un procedimiento específico’.
13 comentarios en “Los ‘derechos históricos del pueblo catalán’ emanan de la Constitución Española”
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Por fin un poquito de racionalidad.
I la Generalitat Franquista? Que diuen de’n Tarradellas????
pre franquista, evidentment.
Si queda claro, nuestro ordenamiento juridico emana de la Constitucion, lo demas es solo historia en unos casos e historia tuneada en otros.
Estaba clarisimo que la comunidad autonoma de cataluña es igual que las otras comunidades.
Todos somos de nacionalisdad española,no pueden existir mas nacionalidades en españa.
Los derechos históricos son como diría ZP una cuestión discutida y discutible ¿A qué derechos hay que referirse? ¿A los que había en Catalunya en 1714? ¿A los que otorgó Carlomagno en el siglo VIII a los condes francos encargados de defender la Marca Hispánica? ¿Los derechos conferidos junto a la ciudadanía romana otorgados en tiempos de Tito Flavio Vespasiano la población de las provincias Tarraconense, Bética y Lusitania? ¿Porqué no nos referimos a los pactos formalizados con el Senado Romano por los diferentes pueblos de la Hispania Citerior y la Hispania Ulterior?
Lo dicho, discutido y discutible. Cada uno podemos invocar lo que nos venga en gana y que más se acomode a nuestras pretensiones. Así que el único derecho que puede aducirse no es otro que aquel que dimana del ordenamiento jurídico vigente que fue el que posibilitó el nacimiento de la entidad jurídica que hoy conocemos como la Comunidad Autónoma de Catalunya que se remonta a 1978, guste o no guste no puede ser de otra forma, e invocar otros pretendidos derechos anteriores sólo sirve para manipular a la población, que al fin y a la postre es la titular de los derechos. En definitiva, los derechos, sean cuales sean, son de todos los catalanes y no de Catalunya que como entidad, sea de la naturaleza que sea, no tiene ninguno.
I que passa amb la Generalitat de la República? Ens l’hem inventat? Que hi feia en Tarradellas tornant de l’exili com a president?
Acabo de oìr a La vicepr.en Notic.diciendo que el PP està hace 4 años provocando una campaña contra..
Y me quedo EStupefacta.Ella que tendrìa que defender la buena convivencia,el respeto y la LIBERTAD !.esto es de asombro!.Dios mìo que gobiero!.
Esta señora debe considerar JUSTO que a un empresario pague elevadas multas por rotular su tienda en castellano.O que niños que hablan en casa castellano TENGAN que hacer los estudios y deberes en una lengua diferente,con pèrdida de comprensiòn y bajas Notas.Que le importan los niños de Ecuador,Perù,Andalucìa,etc.Màs le importa ,,su papel tolerante con lo INJUSTO,,.
Pero que Amable..con otros que necesita.Esto es ,,polìtica,,(socia.?lista!).
Como encuentran ,,un derecho,,arrancar a un niño con cabeza,ojos,boca,torax,abdomen manos y pies),sea tratado como un monstruo que hay que matar,destruir,tirar a la basura clìnica.LA Vida humana degradada a basura!.Dios mio que des-gobierno!.
la independència de la nació catalana està aquí. Espanya és inviable, a l’igual que ho va ser Iugoslàvia. A la comunitat internacional no li agraden els separatismes, és cert. Però us oblideu que hi ha una cosa que encara li agrada menys i són els Estats en deriva i descohesionats. En un cas així, la comunitat internacional accepta la desintegració d’aquest Estat i acull els nous Estats resultants. És per això que els catalans ho tenim molt bé i ho aprofitarem per acabar amb aquesta presó de pobles anomenada Espana i accedirem a la nostra llibertat nacional. Els vostres Cids, Felipe V i Francos aquesta vegada no serveixen. Així que bye, bye i us ho diu un independentista que demà no anirà a la manifestació encapçalada per polítics botiflers i espanyolistes. Tins feina més important a fer per Catalunya i la seva independència!
A veure si ho hes entés: Resulta que si no fos per la Constitución aquestes dels collons, Catalunya no tindría història??.
Òstia! doncs. Així, només existim dels del 1978, mira per on!!!.Deducció de l’espanyolam: Catalunya no pot ser independent, perque no existía i perqué ha sigut “creada” per la seva Constitución dels pebrots…..
como descendiente de sangre real catalana. Invoco mis derechos historicos por los cuales reinaba antes el absolutismo ilustrado.
el despotismo ilustrado.
la inquisicion.
las magnificas ideas acerca de la tierra plana.
la sociedad clasista.
la sangre azul.
la miseria del pueblo llano.
el analfabetismo funcional del pueblo por no haber educacion.
etc etc etc.
Sigamos con el absurdo.
por derecho historico, el señor osama bin laden exige los territorios de al andalus. Sudandole quien viva en ellos o su actual normalidad e ideosincrasia.
Argumentos bananeros de primera categoria si señor